Por: Dr. Rafael Monserrate
Otro argumento utilizado en contra de la aprobación de la enmienda es que, "...no se debe permitir que se utilicen las leyes establecidas para adelantar las causas o institucionalizar las prácticas o comportamientos no aceptadas bajo los principios morales judeocristianos". Vuelven a herrar porque la enmienda no intenta proveer legalidad a nada, por el contrario pretende ampliar la definición de lo que es ilegal, en este caso, los actos de violencia que ocurren en cualquier tipo de relación afectiva de pareja.
Parece contradictorio que sectores religiosos se opongan a que la ley proteja a personas indefensas de actos violentos. Para manejar esta contradicción ellos argumentan que la
Es importante aclarar, la enmienda propuesta a la ley 54 no pretende validar ningún tipo de relación particular. Pretende aclarar la ley para que no se permita ningún tipo de violencia. Así que no se trata de tipos de relaciones, de lo que se trata es de nuestra tolerancia para con los actos violentos.
Debe quedar igualmente claro que la función del estado es proteger a los ciudadanos. Si la ley es ambigua y provee para que se cometan actos de violencia contra ciudadanos sin que los agresores sean penalizados, el estado estaría fallando en su función, además de estar discriminando al no aplicar las leyes de forma uniforme sobre todos los ciudadanos. Si la ley no va a proteger a todos los ciudadanos, ¿A dónde deberán acudir las víctimas no protegidas?
La violencia en una relación de pareja nunca debe ser justificada. No importa las cualidades de la relación, si no están casados, o si son personas del mismo sexo; nadie busca, de forma consciente, entrar en una relación donde se le maltrate. No podemos culpar a la víctima, probablemente cuando conoció a su pareja no exhibía esa conducta. Con toda probabilidad cuando viene a darse cuenta de lo que ocurre ya está comprometida de forma afectiva ó económicamente. Estos seres humanos necesitan, por tanto, la protección que puede brindar el estado por medio de sus instituciones de ley y orden. No se trata de si estamos de acuerdo con que las personas tengan intimidad sin casarse, ni si estamos de acuerdo con que personas del mismo sexo se unan. Se trata de si tenemos tolerancia para la violencia o no.
Así que la pregunta realmente es, ¿Vamos a ignorar los actos de violencia cuando ocurran dentro de relaciones con las que no estamos de acuerdo? Si lo hacemos nos haremos cómplices de esa violencia.
En el 1989 se aprobó la primera ley de violencia doméstica en Puerto Rico. Con la misma se pretendió atender los problemas de violencia que ocurren dentro de una relación de pareja. Sin embargo, ambigüedades en la redacción de dicha ley abrió espacio para que las cortes, en interpretaciones posteriores, excluyeran de la misma las situaciones de violencia que ocurren dentro de relaciones no avaladas por nuestro actual estado de ley, en específico, relaciones adúlteras y de personas del mismo sexo.
A principios de 2013 un grupo de 3 legisladores someten un proyecto para enmendar la ley 54 intentando subsanar estas deficiencias. En la misma se especifica que la ley aplicará sin importar estado marital, orientación sexual o identidad de género. Inmediatamente sectores religiosos y conservadores se oponen a estas enmiendas aduciendo que constituyen un atentado contra la familia y los niños. Uno de los argumentos que utilizan es que la ley se creó para proteger al matrimonio, lo cual no es cierto. La ley se creó para proveer protección contra actos de violencia que ocurren dentro de una relación sentimental porque las características y manifestaciones de estos son diferentes de las de otros actos de violencia.
Otro argumento utilizado en contra de la aprobación de la enmienda es que, "...no se debe permitir que se utilicen las leyes establecidas para adelantar las causas o institucionalizar las prácticas o comportamientos no aceptadas bajo los principios morales judeocristianos". Vuelven a herrar porque la enmienda no intenta proveer legalidad a nada, por el contrario pretende ampliar la definición de lo que es ilegal, en este caso, los actos de violencia que ocurren en cualquier tipo de relación afectiva de pareja.
Parece contradictorio que sectores religiosos se opongan a que la ley proteja a personas indefensas de actos violentos. Para manejar esta contradicción ellos argumentan que la
enmienda no es necesaria porque la ley provee para proteger a las personas particulares de actos de agresión. Esto constituye una visión simplista del problema porque no es lo mismo cuando un hombre golpea a otro hombre, o una mujer golpea a otra mujer en una situación particular, a cuando ambos están unidos en una relación afectiva. Dentro de la relación afectiva pueden ocurrir actos de intimidación, manipulación, degradación que no ocurren en un simple acto de agresión entre dos adultos. Además, en las relaciones de pareja ambas
partes tienen acceso a información privilegiada de la otra parte, lo cual se puede utilizar como arma de intimidación posterior para que la víctima no denuncie al agresor.
partes tienen acceso a información privilegiada de la otra parte, lo cual se puede utilizar como arma de intimidación posterior para que la víctima no denuncie al agresor.
Es importante aclarar, la enmienda propuesta a la ley 54 no pretende validar ningún tipo de relación particular. Pretende aclarar la ley para que no se permita ningún tipo de violencia. Así que no se trata de tipos de relaciones, de lo que se trata es de nuestra tolerancia para con los actos violentos.
Debe quedar igualmente claro que la función del estado es proteger a los ciudadanos. Si la ley es ambigua y provee para que se cometan actos de violencia contra ciudadanos sin que los agresores sean penalizados, el estado estaría fallando en su función, además de estar discriminando al no aplicar las leyes de forma uniforme sobre todos los ciudadanos. Si la ley no va a proteger a todos los ciudadanos, ¿A dónde deberán acudir las víctimas no protegidas?
La violencia en una relación de pareja nunca debe ser justificada. No importa las cualidades de la relación, si no están casados, o si son personas del mismo sexo; nadie busca, de forma consciente, entrar en una relación donde se le maltrate. No podemos culpar a la víctima, probablemente cuando conoció a su pareja no exhibía esa conducta. Con toda probabilidad cuando viene a darse cuenta de lo que ocurre ya está comprometida de forma afectiva ó económicamente. Estos seres humanos necesitan, por tanto, la protección que puede brindar el estado por medio de sus instituciones de ley y orden. No se trata de si estamos de acuerdo con que las personas tengan intimidad sin casarse, ni si estamos de acuerdo con que personas del mismo sexo se unan. Se trata de si tenemos tolerancia para la violencia o no.
Así que la pregunta realmente es, ¿Vamos a ignorar los actos de violencia cuando ocurran dentro de relaciones con las que no estamos de acuerdo? Si lo hacemos nos haremos cómplices de esa violencia.
LA VIOLENCIA NUNCA ES JUSTIFICABLE
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